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FECHAS DE EFECTIVIDAD de la norma 4 OSH 1910.1200 Comunicación de Riesgos

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Graves deficiencias fiscales y administrativas en la CFSE

Siento desagrado al leer este titular de noticia Graves deficiencias fiscales y administrativas en la CFSE publicada hoy en el periódico El Nuevo Día [1] , [2] .  En esta noticia se describe como la Corporación del Fondo del Seguro del Estado ( CFSE) ha permitido el desvió del dinero de sus arcas para ser usados para otros fines a través de leyes. La CFSE “transfirió $170,323,296 a distintas agencias de gobierno. E ste malévolo atraco ocurrió entre el 2010 al 2013 o sea bajo la pasada administración del Gobernador Luis Fortuño y la administradora Lcda. Zoimé Álvarez Rubio. Dinero, que debería ser usado para servicios médicos directos a los empleados lesionados o enfermos como consecuencia de su trabajo. Entonces. ¿Porque no se adjudican las debidas responsabilidades criminales para las personas que permitieron este atraco a las arcas de la CFSE? Buena pregunta, ¿habrá quien se atreva a responderla? Cabe destacar que la En la Ley Núm. 45 del 18 de abril de 1935, Ley de Comp