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Mostrando entradas de octubre, 2014

Carta Abierta a las Universidades en Puerto Rico

En Puerto Rico la seguridad y salud del trabajador es un derecho regido por la Constitución en el Artículo II, Sección 16, para la protección contra riesgos a su salud o integridad personal en su trabajo o empleo. Luego la Asamblea Legislativa creo remedios más específicos por la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico del 5 de agosto de 1975. Sin embargo, la Asamblea Legislativa no reguló el ejercicio de la profesión de Seguridad y Salud Ocupacional en Puerto Rico. Por cuanto, cualquier persona puede ofrecer servicios de consultorías privadas o un patrono reclutar a una persona sin preparación académica a ejercer las funciones de velar por la seguridad y salud en el trabajo. En Puerto Rico actualmente está vigente la Orden  Ejecutiva del Gobernador de Puerto Rico (OE-1992-75). Esta orden requiere a los Jefes de Instrumentalidades Públicas tomar acción para garantizar la seguridad y salud del empleado público. Exige tener un programa de seguridad y salud efectivo.